La Ley 21.659 representa un cambio significativo en la regulación de la seguridad privada en Chile. Publicada en el Diario Oficial en 2024, esta norma introduce por primera vez la obligatoriedad de uso de bodycams para determinadas categorías de guardias de seguridad. En esta guía analizamos los requisitos técnicos, los plazos de adecuación y las soluciones disponibles para cumplir la normativa.
Qué es la Ley 21.659
La Ley 21.659 moderniza el marco regulatorio de la seguridad privada en Chile. Entre sus disposiciones más relevantes se encuentra la incorporación de cámaras corporales (bodycams) como herramienta obligatoria para guardias de seguridad privada en determinadas categorías de operación. Su reglamento técnico, el Decreto Supremo 209, detalla las especificaciones concretas que debe cumplir el equipamiento.
El objetivo principal de la norma es triple: garantizar la transparencia en el actuar de los guardias, proteger tanto al personal de seguridad como a las personas que interactúan con ellos, y generar evidencia objetiva ante incidentes que pueda ser utilizada en procesos administrativos o judiciales.
La normativa fue publicada tras un extenso proceso legislativo que reconoció la necesidad de actualizar la regulación de seguridad privada a las capacidades tecnológicas disponibles. El texto completo está disponible en la Biblioteca del Congreso Nacional.
Para las empresas de seguridad privada, esto implica una inversión en equipamiento y sistemas de gestión que cumplan con los estándares técnicos mínimos establecidos por la ley. No se trata solo de adquirir cámaras: la norma exige un ecosistema completo de captura, almacenamiento y gestión de la evidencia.
Requisitos técnicos de las bodycams
La Ley 21.659 no especifica marcas ni modelos, pero sí establece capacidades técnicas mínimas que el equipamiento debe cumplir. Estos requisitos son fundamentales para determinar qué bodycams son aptas para el cumplimiento normativo.
Grabación continua de turno completo
La norma chilena establece que la bodycam debe ser capaz de grabar durante un turno completo de trabajo, lo que equivale a 12 horas de grabación continua como mínimo. Este es el estándar operativo del sector de seguridad privada en Chile.
Las bodycams PERCKER ofrecen tres modelos que cubren este requisito con margen: el PA25 con 17 horas de autonomía, el P8V6A con exactamente 12 horas y el P24F1 con 19 horas gracias a su batería desmontable que permite cambio en operación.
Cifrado de la evidencia
Los archivos de video deben estar protegidos mediante cifrado desde el momento de la grabación. Esto significa que la bodycam debe cifrar cada archivo directamente en el dispositivo, antes de cualquier transmisión o almacenamiento externo.
El estándar de cifrado requerido es AES256, que es el mismo utilizado por organismos de defensa a nivel mundial. Las bodycams PERCKER implementan este cifrado de forma nativa en el hardware, sin afectar el rendimiento de grabación ni la autonomía de la batería.
Resolución y calidad de imagen
La grabación debe tener calidad suficiente para identificar personas y situaciones con claridad. Los tres modelos de bodycams para seguridad privada de PERCKER Technologies® graban en resolución hasta 1512p, superando ampliamente los requisitos de identificación visual.
Protección física del dispositivo
Las bodycams para uso en terreno deben soportar condiciones operativas exigentes. La certificación IP67 (protección contra polvo y agua) y el estándar militar MIL-STD-810H son referentes que garantizan la durabilidad del equipo durante operaciones de seguridad privada.
Quién debe cumplir
La Ley 21.659 establece categorías específicas de operación de seguridad privada donde el uso de bodycams es obligatorio. La norma aplica a empresas autorizadas por la OS-10 de Carabineros de Chile que operen en las siguientes categorías:
- Empresas de seguridad privada con guardias en terreno: Toda operación donde personal de seguridad interactúe directamente con el público o realice funciones de vigilancia presencial.
- Vigilancia en recintos de alta concurrencia: Centros comerciales, estadios, hospitales, aeropuertos y otros espacios donde la densidad de personas aumenta el riesgo de incidentes.
- Operaciones de escolta y protección: Servicios de protección de personas o transporte de valores que involucren riesgo operativo.
- Guardias en instalaciones críticas: Infraestructura energética, telecomunicaciones, centros de datos y otros activos estratégicos que requieran registro continuo de las operaciones de seguridad.
Los plazos de adecuación varían según el tamaño de la empresa y la categoría de operación. El incumplimiento activa un régimen sancionatorio con multas que pueden alcanzar las 13.500 UTM para entidades obligadas. Es recomendable consultar directamente la norma en bcn.cl o contactar a un especialista para determinar los plazos específicos aplicables a su organización.
Cadena de custodia de evidencia
Uno de los aspectos más relevantes de la Ley 21.659 es el énfasis en la cadena de custodia de evidencia. No basta con grabar: es necesario garantizar que cada archivo de video mantenga su integridad desde la captura hasta su eventual uso en procesos legales. Esto requiere un sistema de gestión de evidencia que automatice la trazabilidad completa.
La cadena de custodia de evidencia implica un registro inmutable que documenta:
- Quién grabó: Identificación del guardia asignado al dispositivo mediante ID único de operador.
- Cuándo: Timestamp preciso de inicio y fin de cada grabación, sincronizado con servidores de tiempo.
- Dónde: Coordenadas GPS que geolocalizan cada segundo de la grabación.
- Quién accedió: Registro completo de cada persona que visualizó, descargó o compartió el archivo.
- Integridad del archivo: Hash criptográfico que certifica que el contenido no fue alterado.
El software PEMS de PERCKER Technologies® automatiza completamente este proceso. Desde el momento en que la bodycam sincroniza sus archivos — ya sea por WiFi, 4G o estación de carga — el sistema genera y mantiene la cadena de custodia de evidencia sin intervención manual.
Esta automatización es crítica porque elimina el factor de error humano, que es la principal causa de invalidación de evidencia en procesos legales. Con PEMS, cada archivo tiene un registro de custodia completo y verificable desde su creación.
Cómo cumplir con la normativa
Para cumplir con la Ley 21.659, las empresas de seguridad privada necesitan un ecosistema completo que incluya hardware (bodycams y estaciones de carga), software de gestión (cadena de custodia de evidencia automatizada) y procesos operativos definidos.
Paso 1: Evaluar la operación
Determine cuántos guardias requieren bodycams, qué turnos cubren y qué nivel de conectividad tienen en terreno. Esto definirá el modelo de bodycam más adecuado: el PA25 para operaciones sin red, el P8V6A para entornos con WiFi o el P24F1 para cobertura 4G en cualquier ubicación.
Paso 2: Elegir el equipamiento
PERCKER Technologies® ofrece tres modelos que cubren todos los escenarios operativos de seguridad privada. El diferenciador principal entre modelos es la conectividad: desde sincronización por estación de carga (PA25) hasta transmisión en vivo por 4G (P24F1). Consulte la guía de bodycams para seguridad privada para más detalle sobre cada modelo.
Paso 3: Implementar PEMS
El software PEMS se configura según la estructura de su empresa: cantidad de centros operativos, roles de acceso, políticas de retención y alertas. La implementación incluye capacitación del personal administrativo y operativo.
Paso 4: Capacitar al personal
Los guardias deben conocer el funcionamiento básico de la bodycam: encendido, indicadores de estado y protocolo ante fallos. El equipo administrativo debe manejar la plataforma PEMS para búsqueda de evidencia, generación de reportes y gestión de accesos.
PERCKER Technologies® acompaña todo el proceso de implementación con soporte técnico local en Santiago. Desde la evaluación inicial hasta la puesta en marcha, cada empresa recibe un plan de despliegue adaptado a su operación específica.
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